TESTIMONIO: VISTO: La Ordenanza 78/97, y su Decreto de Promulgaci¢n Nº 1768 de fecha 6 de octubre de 1997, y CONSIDERANDO: Que en la Ordenanza 78/97 se establecía la dona- ci¢n a la Empresa Golden Proyects Argentina S.A. del bien inmueble designado catastralmente como Circunscripción XI, Sección B, Chacra 70, del Partido de Balcarce, con una superficie total de 45.250,43m2. Que el Artículo 1º de la Ordenanza 78/97 esta- blece que la donación efectuada es con cargo expreso para ser afecta- do a la construcción de viviendas. Que el Artículo 6º de la misma norma dispone co- mo condición a la cesión de tierras, el compromiso de la empresa Gol- den Proyects Argentina S.A., de construir las viviendas y entregar las mismas totalmente terminadas en un plazo no mayor de doscientos diez (210) días del efectivo inicio de los trabajos. Si por cualquier motivo la empresa suspendiese la ejecución de los trabajos sin haber terminado las construcciones correctamente de acuerdo a las reglas del arte y según las especificaciones del Anexo I, las viviendas, al nivel de terminación en que se encuentren en tal fecha, pasarán, con- juntamente con las tierras de referencia a ser de dominio Municipal, no asistiendo a la empresa derecho a reclamo de pago, compensación, ni indemnización alguna por tales construcciones, las que serán de a- provechamiento exclusivo de la Municipalidad de Balcarce, la que que- da facultada a adjudicarlas a terceros a título oneroso o gratuito, terminadas en el estado de construcción que las mismas se encuentren. Que la empresa ha cumplido parcialmente con el cargo dispuesto, entregando a la fecha sólo 28 viviendas, la última en el año 2000, ubicadas en los lotes 1, 18, 17 y 16 de la manzana 70c, 1, 18, 17 y 16 de la manzana 70d, 1, 18, 17, 16, 15, 14,13, 12 y 11 de la, manzana 70e y 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 de la manzana 70a, las que se encuentran debidamente escrituradas. Que desde la entrega de la última casa ha pasado con exceso el término de 210 días. Que existen viviendas que no se terminaron de construir, suspendiendo la empresa los trabajos a comienzos del año 2000, sin notificación ni autorización por la Comuna, por lo que que- da enmarcada en lo que establece el Artículo 6º de la Ordenanza de referencia. Que al hacer efectivo el cargo deben volver a dominio municipal los lotes designados catastralmente como: Circ. XI - Sección B - Chacra 70 - Manz. 70a lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11; Manz. 70b lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18; Manz. 70c, lotes 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15; Manz. 70d, lotes 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 y Manz. 70e, lotes 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10; POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 49/02 ------------------------------ ARTICULO 1.- Déjese sin efecto la donación efectuada a la empresa ------------ Golden Proyects por Ordenanza 78/97, respecto de los lo- tes designados catastralmente como Circ. XI - Sección B - Chacra 70 - Manz. 70a lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11; Manz. 70b lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18; Manz. 70c, lotes 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15; Manz.70d, lotes 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 y Manz, 70e, lotes 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10, por no haber cumplido respecto de ellos con el cargo establecido en los Artículos 1º y 6º de la citada norma, volviendo los mismos a dominio de la Municipalidad de Balcar- ce.------------------------------------------------------------------ ARTICULO 2.- Toda construcción, terminada o sin terminar, que pudiera ------------ existir en los lotes establecidos por el Artículo 1º pa- san a dominio municipal, pudiendo el Departamento Ejecutivo adjudi- carlas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6º in fine de la Ordenanza Nº 78/97.-------------------------------------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.--------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Se- sión Ordinaria, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil dos. FIRMADO: Martín A. Pérez - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRE- TARIO.---------------------------------------------------------------